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Servicios de Verificación de estar al corriente de pagos con la Agencia Tributaria

Los servicios de consulta de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria permiten obtener información relativa a :

  • Estar al Corriente de Pago con AEAT para Contratos con las Administraciones Públicas (Con Incumplimientos): El servicio permite conocer si una persona o entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias para la contratación con el sector público.
  • Estar al Corriente de Pago con AEAT para Autorización de licencias de transportes (Con Incumplimientos): El servicio permite conocer si una persona o entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias para la obtención de licencias de transporte.
  • Estar al Corriente de Pago con AEAT para Subvenciones y Ayudas (Con Incumplimientos): El servicio permite conocer si una persona o entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias para solicitud de subvenciones y ayudas públicas.
  • Estar al Corriente de Pago con AEAT para Permisos de Residencia y Trabajo para Extranjeros (Con Incumplimientos): El servicio permite conocer si una persona o entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias para permisos de residencia y trabajo para extranjeros.
  • Estar al Corriente de Pago con AEAT Genérico (Con Incumplimientos): El servicio permite conocer si una persona o entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.

En los certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias se indicará el carácter positivo o negativo de la certificación. Se entenderá que un obligado tributario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias cuando se verifiquen los requisitos contenidos en el artículo 74.1 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (BOE del 5 de septiembre).

Por el contrario, el certificado será negativo cuando concurran todas o alguna de las circunstancias siguientes:

  1. Falta de presentación de una autoliquidación o declaración a la que el contribuyente estuviera obligado a presentar en los últimos doce meses precedentes a los dos meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud;
  2. Mantenimiento de deudas o sanciones tributarias en período ejecutivo con la Agencia Tributaria sin que éstas se encuentren aplazadas, fraccionadas o suspendidas;
  3. Tener pendientes de ingreso responsabilidades civiles derivadas de delito contra la Hacienda Pública declaradas por sentencia firme;
  4. No estar dado de alta en el censo de empresarios, profesionales o retenedores, cuando se trate de personas o entidades obligados a estar en dicho censo y no estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, cuando se trate de sujetos pasivos no exentos del impuesto.

 

Para realizar la consulta de una persona o entidad será obligatorio indicar la finalidad de la consulta, la documentación de la misma, NIF o NIE para personas físicas y NIF para entidades, y la finalidad de la consulta. Opcionalmente se podrán indicar los siguientes datos:

  • Número de expediente
  • Nombre.
  • Primer apellido.
  • Segundo apellido.

Únicamente estará disponible para la consulta el año en curso.

Todos estos servicios de consulta indicarán si el contribuyente está o no al corriente de pago para el ejercicio actual. Si no lo está porque tiene pendientes incumplimientos, se indicará en la respuesta alguna de las siguientes causas hasta un máximo de cuarenta incumplimientos:

  • A - No está al corriente de obligaciones tributarias por incumplimiento de presentación de declaraciones o autoliquidaciones
  • B - No está al corriente de pago de deudas tributarias en periodo ejecutivo
  • C - No está al corriente de obligaciones tributarias por incumplimiento de presentación de declaraciones o autoliquidaciones y constancia de deudas tributarias en periodo ejecutivo
  • F - No está al corriente de obligaciones tributarias por tener alguna sentencia según el artículo 305.1/308.3 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
  • G - No está al corriente de obligaciones tributarias por tener alguna sanción según el artículo 186.1/2 letra b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
  • H - No está al corriente de obligaciones tributarias por baja censal detectada
  • M - No está al corriente de obligaciones tributarias por delito fiscal
  • N - No está al corriente de obligaciones tributarias por incumplimiento de presentación de declaraciones o autoliquidaciones, constancia de deudas tributarias en periodo ejecutivo y delito fiscal
  • O - No está al corriente de obligaciones tributarias por incumplimiento de presentación de declaraciones o autoliquidaciones y delito fiscal
  • P - No está al corriente de pago de deudas tributarias en periodo ejecutivo y delito fiscal
  • Q - No está al corriente de obligaciones tributarias por incumplimiento de presentación de declaraciones o autoliquidaciones y baja censal detectada
  • R - No está al corriente de pago de deudas tributarias en periodo ejecutivo y baja censal detectada
  • S - No está al corriente de obligaciones tributarias por delito fiscal y baja censal detectada
  • T - No está al corriente de obligaciones tributarias por incumplimiento de presentación de declaraciones o autoliquidaciones, constancia de deudas tributarias en periodo ejecutivo, delito fiscal y baja censal detectada
  • U - No está al corriente de obligaciones tributarias por incumplimiento de presentación de declaraciones o autoliquidaciones, delito fiscal y baja censal detectada
  • V – No está al corriente de pago de deudas tributarias en periodo ejecutivo, delito fiscal y baja censal detectada.

 

Puede consultar la siguiente documentación para obtener más información del servicio:

 Contrato Integración WS CONSULTA DE ESTAR AL CORRIENTE DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS v3_01

 Códigos de error SOAPFAULT_SCSP

Ejemplo_Contrataciones - ECOT101I.zip

Ejemplo_Transportes - ECOT102I.zip

Ejemplo_Ayudas - ECOT103I.zip

Ejemplo_Trabajo Extranjeros - ECOT104I.zip

Ejemplo_Generico - ECOTGENI.zip

Para interaccionar con la Plataforma y consumir este servicio consulte el apartado relativo a Cómo usar la plataforma.

Para solicitar el acceso a dicho servicio deberá cumplimentar el siguiente formulario, firmar digitalmente por el titular del órgano solicitante y enviarlo a formularios_interoperabilidad@gva.es.

Verificar la validación de firma de esta solicitud en https://valide.redsara.es/valide/

Formulario Solicitud de Acceso Servicios AEAT

Anexo Formulario Solicitud Acceso Servicios AEAT. Procedimientos administrativos